¿Por qué la jueza no ordenó el lunes el ingreso en prisión del acusado de violar a su hija de 21 años?
El legislador prefiere a cien culpables en la calle antes que a un inocente en prisión

Imagen de la plaza de la Llotja donde se produjo la supuesta violación. - JORDI ECHEVARRIA
Porque no habría podido hacerlo ni siquiera en el supuesto de que hubiera querido. La jueza no tiene la llave de la cárcel; tiene la de la libertad. No puede encarcelar preventivamente a nadie si no lo solicita al menos una de las acusaciones; en cambio, aunque todas lo pidieran, podría no hacerlo. En este caso ninguna acusación ha pedido prisión, por lo que la jueza no habría podido dictarla el pasado lunes de ninguna manera.
Como se explica hoy en el editorial del diario, la prisión cautelar solo se puede dictar cuando concurre al menos uno de estos tres riesgos: que el acusado huya, que reincida o que destruya pruebas. Si no concurre ninguno no se puede dictar prisión preventiva aunque el delito imputado sea muy grave. La alarma social no es motivo de encarcelamiento cautelar.
El legislador prefiere a cien culpables en la calle antes que a un inocente en prisión. El hecho de que la Fiscalía no pidiera prisión lleva a presumir que creía que no había riesgo de fuga, de reinicidencia ni de destrucción de pruebas, y que para evitar las dos últimas cosas era suficiente la medida de prohibición de acercamiento a la víctima, menos gravosa que la cárcel. Esta medida fue quebrantada ayer y ahora es posible que la Fiscalía cambie su petición y entregue a la jueza la llave de la prisión. En este supuesto la magistrada, entonces sí, si lo considera pertinente, podrá ordenarla. O no. Hoy saldremos de dudas.