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TRIBUNALES

Condenado a cinco años por abusar de su hija cuando tenía entre 9 y 12 años en Lleida

El acusado dijo que los tocamientos no eran libidinosos y era una conducta “normalizada” en su familia. La víctima denunció para proteger a su hermana

El acusado durante el juicio en la Audiencia de Lleida. - SEGRE

El acusado durante el juicio en la Audiencia de Lleida. - SEGRE

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El Tribunal Supremo ha confirmado la pena impuesta de cinco años y medio de prisión para un acusado de abusar sexualmente de su hija entre los 9 y los 12 años. El alto tribunal ratifica la sentencia de la Audiencia de Lleida, como ya había hecho antes también el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, y rechaza el recurso presentado por el acusado, que negaba que los tocamientos en los pechos y en las nalgas a su hija tuvieran carácter sexual y que era una “conducta normalizada” y “no censurable” en su familia. 

Los hechos tuvieron lugar cuando la menor acudía los fines de semana a casa del acusado en Lleida y mientras se quedaba dormida, su padre se introducía en su cama y le hacía tocamientos en sus partes íntimas. Según la sentencia, también ocurría cuando la víctima acudía a otro domicilio del acusado cuando iba a ver a su hermana pequeña.

De hecho, durante el juicio, celebrado en la Audiencia en enero de 2024, la joven explicó que acabó contando los hechos años después por “miedo” a que su padre le hicera lo mismo a su hermana, cuando se enteró de que esta dormía con su padre. El Supremo considera que la declaración de la joven fue “persistente e invariable”, sin intenciones ajenas y corroborada por otros datos. Aquí incluye las declaraciones de testigos como la madre de la víctima y otros familires, que incluso llegaron a señalar que habían presenciado los tocamientos sexuales denunciados.

Asimismo, los psicólogos, recuerda el Tribunal Supremo, constataron que la sintomatología tipo ansiosa que presentaba la menor era compatible con los abusos relatados por la misma. Por este motivo, el alto tribunal rechaza el recurso de la defensa y confirma la pena impuesta. Además de los cinco años y medio de prisión, el hombre fue condenado a seis años de libertad vigilada y al pago de una indemnización a la menor de 25.000 euros por los daños causados. Además, no podrá acercarse a menos de 200 metros de la víctima ni hablar con ella durante siete años. Tampoco podrá ejercer trabajos que conlleven contacto con menores durante 11 años.

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