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TRIBUNALES

La Audiencia archiva la causa contra un cura de Alcarràs por estafa a una feligresa: la conducta del párraco podría ser "moralmente reprochable” pero no ve indicios de delito

La mujer denunció que la engañó para obtener donaciones

Vista de la sede de los juzgados de Lleida, donde se encuentra la Audiencia Provincial. - SEGRE

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La Audiencia de Lleida ha dictado el archivo de la causa por un supuesto delito de estafa a una feligresa contra el párroco de Alcarràs tras rechazar el recurso presentado por la denunciante a la decisión del juzgado de Instrucción 1 de Lledia, que ya decretó el cierre provisional de la causa en marzo de 2025. En el auto, el tribunal señala que “no concurren indicios suficientes de la comisión de infracción penal alguna”.

La feligresa, junto a su administrador, denunció en febrero de 2023 ante los Mossos d’Esquadra que el sacerdote la había engañado para hacer varias donaciones de dinero. Según reza en el auto, al que ha tenido acceso este diario, la denunciante señaló que el cura le había explicado la difícil situación económica en la que se hallaba su familia en Costa de Marfil y que ella decidió ayudarlo económicamente entregándole diferentes cantidades de dinero y haciendo transferencias bancarias a su favor. La mujer dijo que “fue engañada por el denunciado, quien abusó de su confianza y su devoción religiosa”. Su administrador indicó que existían transferencias y retiradas de dinero que podían alcanzar los 70.000 euros.

Por su parte, el religioso, representado por Marc Cervós, abogado de Cudós Consultors, reconoció en su declaración en sede judicial que había venido percibiendo diferentes cantidades de dinero de la denunciante, tanto en metálico como a través de transferencias bancarias. También dijo que le había facilitado su tarjeta de crédito y el número PIN para que pudiera retirar efectivo del cajero, aunque sostuvo que fue la mujer quien se ofreció a ayudarle. Al respecto, la Audiencia de Lleida señala que la conducta del investigado, “aun admitiendo que puede ser moralmente reprochable”, no reúne la condición de engaño objetivamente idóneo o engaño bastante para ser delito. De las diligencias practicadas, añade el auto, se deriva que, “efectivamente y sin duda, el investigado buscaba su propio beneficio, para lo cual no dudó en aprovecharse de su condición de párroco y la devoción religiosa de la denunciante, convenciendo a la misma para que le entregara diferentes y cuantiosas sumas dinerarias”.

Sin embargo, indica que más allá de ese abuso “éticamente reprochable”, la denunciante no describe ningún engaño ni maquinación para lograr ese desplazamiento patrimonial. “El hecho de que la denunciante, por sus propias circunstancias personales o influenciada por sus creencias religiosas, aceptara ayudar al investigado, en modo alguno convierte la conducta de este en el ilícito penal de estafa”, concluye.

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