SEGRE

TRIBUNALES 1-O

El Supremo ordena al TSJC repetir el juicio por el 1-O a cuatro exmiembros de la mesa del Parlament

Admite los recursos de los condenados por falta de imparcialidad de dos magistrados

Los exmiembros de la Mesa Lluís Corominas, Ramona Barrufet, Lluís Guinó (PDeCAT), Anna Simó (ERC) y la exdiputada Mireia Boya (CUP) se dirigen en el TSJC. Imagen del 21 de julio del 2020.

El Supremo ordena al TSJ de Cataluña repetir el juicio para el 1-O a cuatro exmiembros de la mesa del ParlamentACN

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El Supremo ordena al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) repetir el juicio contra la Mesa del Parlament del 2017 por falta de imparcialidad de los presidente Jesús María Barrientos y del magistrado Carlos Ramos, ponente de la sentencia. El alto tribunal catalán había condenado a Lluís Corominas, Anna Simó, Ramona Barrufet y Lluís Guinó por desobediencia por haber tramitado iniciativas parlamentarias relacionadas con el proceso que concluyó con el referéndum del 1-O. El Supremo anula la sentencia porque considera vulnerado el derecho a un tribunal imparcial de los acusados, ya que dos de los magistrados habían exteriorizado previamente en resoluciones previas una toma de posición explícita sobre cuestiones que constituyeron objeto esencial del juicio.

Los cuatro exmiembros de la Mesa fueron condenados a un año y ocho meses de inhabilitación y una multa de 30.000 euros cada uno. En la sentencia recurrida, el TSJC absolvió a Mireia Boya. Ahora, el Supremo estima el recurso de Anna Simó, al cual se adhirieron las representaciones de los otros tres condenados. Las actuaciones se tendrán que situar en el momento previo al juicio, que tendrá que celebrarse con una diferente composición personal del tribunal que dictó la sentencia que ahora se anula.

El Supremo remarca “la acreditada trayectoria profesional de los magistrados que fueron recusados”, y cree que su toma de posición inicial podría haberse modificado ante la existencia de nuevos argumentos o circunstancias, pero añade que “esta no es la cuestión”.

El alto tribunal argumenta que el derecho a ser juzgado por un tribunal imparcial no se resuelve con un tribunal competente y capacitado dispuesto a cambiar sus posiciones iniciales ya exteriorizadas. El derecho fundamental, continúa, exige que los integrantes del tribunal “comparezcan al acto del plenario ajenos a cualquier toma previa de posición sobre las cuestiones esenciales que allí tienen que ventilarse, sin ningún tipo de prejuicio valorativo”. “La partida tiene que empezar con el marcador a cero”, añaden los jueces.

En su recurso, Simó remarcaba que Barrientos y Ramos formaron parte de la sala que admitió a trámite las tres querellas que dieron lugar a la causa, y también de la que desestimó los recursos de súplica interpuestos contra aquellas decisiones. En las resoluciones, y particularmente en una del 2017, los dos magistrados habrían adoptado de forma explícita, según la recurrente, una toma de posición clara sobre varias cuestiones de la causa.

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