El nuevo proyecto de reforma de la ley de enjuiciamiento criminal
Recientemente, el pasado 28 de octubre de 2025, el Consejo de Ministros aprobó el Proyecto de Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal (LOECrim). Declara que su objetivo es simplificar trámites, incorporar técnicas de investigación actualizadas y reforzar las garantías de investigados y víctimas. La nueva normativa entrará en vigor el 1 de enero de 2028, manteniéndose la Ley vigente para los procedimientos ya iniciados. La principal novedad es que el Ministerio Fiscal dirigirá la investigación penal, sustituyendo al juez instructor. No obstante, esta labor estará siempre supervisada por un juez de garantías, encargado de autorizar actuaciones que puedan afectar derechos fundamentales, como registros, intervenciones de comunicaciones o la prisión provisional. Proclama que busca agilizar los procedimientos. Con la nueva LOECrim, solo se podrán impugnar las decisiones más relevantes ante el juez de garantías, evitando recursos sucesivos y acelerando la fase de investigación. Asimismo, manifiesta que quiere potenciar la conformidad, permitiendo finalizar el proceso sin juicio cuando el acusado reconoce los hechos y acepta la pena propuesta. En cuanto a garantías, recoge la intención de reforzar los derechos de la persona investigada, especialmente en relación con la presunción de inocencia y el control de la prisión provisional, que deberá revisarse cada seis meses. La víctima adquiere un papel central, implementándose medidas para evitar su revictimización, especialmente en menores y personas vulnerables, e impulsando la justicia restaurativa de forma voluntaria. Además, la reforma incorpora nuevas herramientas de investigación, como análisis de ADN, evidencias digitales, identificación biométrica y sistemas basados en IA. Por último, se da una nueva configuración a la acusación popular, que solo podrá ejercerse cuando se acredite un interés público legítimo. Se excluye a partidos políticos, sindicatos y entidades vinculadas, preservando su uso para delitos con especial trascendencia social, como la corrupción, la violencia contra la mujer o los delitos de odio.
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