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El conductor que embistió al grupo de ciclistas en Castellbisbal, en el Vallès Occidental, el domingo, y que dejó tras de sí dos muertos y un herido en estado crítico “no solo no frenó, sino que aceleró”, según el relato de uno de los supervivientes ilesos. Este individuo, que ya ha sido detenido, tiene antecedentes judiciales por diversos delitos de tráfico y al parecer conducía el coche de su pareja sentimental. Al margen de la tragedia que supone para las familias y el club ciclista de Rubí, de donde eran las víctimas, este luctuoso accidente ha de servir para volver a poner sobre la mesa la necesidad de endurecer las penas por delitos de tráfico y dictar normas de circulación y de prevención que pongan fin a esta sangría que en lo que llevamos de año se ha cobrado la vida de seis ciclistas y más de una veintena desde el 2010, algunos de triste recuerdo para las comarcas de Lleida.

Accidentes los hay todos los días y desgraciadamente seguirán habiéndolos porque ni los conductores ni los propios ciclistas están exentos de imprevistos, vías en mal estado, fallos mecánicos, meteorología adversa, descuidos, etc. El riesgo cero no existe, pero lo que no se puede tolerar bajo ningún concepto es el incumplimiento del deber de socorro por el que tanto luchó, consiguiendo ya un cambio en el Código Penal, Anna González, la vecina de La Seu que impulsó la reforma que ha elevado de los 4 a los 9 años las penas por imprudencias al volante. Anna, que reunió más de 200.000 firmas de apoyo, inició una lucha titánica de cinco años tras morir su marido, precisamente, en un atropello mientras iba en bicicleta, y logró que se considerara también delito el negar el deber del auxilio, aunque la persona muriese en el acto tras el accidente.

Porque por muchos cambios que se anuncien ahora de regulación de la velocidad en carreteras en las que conviven automóviles y bicicletas o por muchas campañas de sensibilización que se emprendan, siempre habrá personas, como este hombre de 41 años del siniestro de Castellbisbal, sin ningún respeto por la vida del prójimo y sin la mínima humanidad para auxiliarlos tras embestirles brutalmente. Para estos casos, solo el Código Penal puede surtir efecto y, tras el cambio legal que se comenzó a aplicar en 2019, cabe su aplicación a rajatabla, y en los casos más graves como la consideración de homicidio imprudente con el agravante de negación de auxilio. Y, aunque nada debería impedir a los ciclistas compartir espacio en las vías públicas con el resto de vehículos, si todo el mundo respetara las normas de circulación y los derechos de los demás, también es urgente habilitar más carreteras verdes y vías de tránsito para los amantes de la bicicleta y el paisaje, con lo que se podría reducir un tanto por ciento considerable el riesgo que asumen los conductores de las dos ruedas al ser, como es obvio, mucho más vulnerables, al igual que los motoristas.

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