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¿Cuál es la diferencia entre los delitos de abuso sexual y de agresión sexual?

¿Cuál es la diferencia entre los delitos de abuso sexual y de agresión sexual?

¿Cuál es la diferencia entre los delitos de abuso sexual y de agresión sexual?

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Los delitos de abuso sexual y agresión sexual están regulados en el Código Penal. El delito de abuso sexual (artículo 181 y 182) está castigado, dependiendo de la edad de la víctima, con un mínimo de pena de prisión de un año (o multa de 18 meses) hasta prisión de 6 años. En cambio, el delito de agresión sexual (artículo 178, 179 y 180) está castigado, dependiendo de distintas circunstancias, con pena de prisión de 1 año hasta 15 años. Como vemos, la diferencia de la pena es significativa. ¿En que se basan los jueces para determinar que sea un delito u otro?

La diferencia entre el delito de agresión sexual y el delito de abuso sexual radica en que en el primero se utiliza violencia o intimidación, y en el segundo no hay consentimiento. Es decir, el abuso sexual es el que, “sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, se realiza actos que atentan contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona”. En cambio, el delito de agresión sexual es el que “atenta contra la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación”, en este caso el autor utiliza su fuerza para doblegar la voluntad de la víctima, o utiliza, mediante la intimidación, el clima de temor o de terror que anula su capacidad de resistencia.

Cabe tener en cuenta que también se considera falta de consentimiento cuando este está viciado, por mentiras, manipulaciones, trastornos mentales de la víctima o personas que se hallan privadas de sentido.

Finalmente, cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de objetos por alguna de las dos primeras vías, el delito se considerará violación y la pena de prisión será de seis a 12 años.

La nueva ley de ‘solo sí es sí’ convierte el delito de abuso sexual al de agresión, y el consentimiento será la clave, y no la violencia, para determinar si hay agresión sexual o no. También se tipifica como delito el acoso callejero.

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