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Sandro Rossell recibirá 232.000 de indemnización por los casi 2 años que pasó en prisión preventiva

El expresidente del Barça reclamaba casi 30 millones de euros después de ser absuelto de blanquear comisiones del Brasil

El expresidente del FC Barcelona Sandro Rosell en la entrada en los juzgados de Madrid.

El expresidente del FC Barcelona Sandro Rosell en la entrada en los juzgados de Madrid.Andrea Zamorano / ACN

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La Audiencia Nacional ha establecido una indemnización de 232.500 euros para el expresidente del FC Barcelona Sandro Rosell por los 645 días, un año y nueve meses, que pasó en prisión provisional entre mayo de 2017 y febrero de 2019, juzgado por organización criminal y blanqueo de capitales de comisiones de partidos de la selección brasileña y de un contrato con una marca deportiva, acusaciones de las cuales fue absuelto.

Rosell había pedido una indemnización al Estado de 29,7 millones de euros por los perjuicios morales y económicos causados por la prisión provisional derivados de la obligación de abandonar los negocios durante este tiempo, los gastos de la defensa legal y los costes de los desplazamientos de sus familiares a la prisión para visitarlo.

En su sentencia, los magistrados de la sección tercera contenciosa-administrativa estiman parcialmente la reclamación de Rosell contra la negativa del Ministerio de Justicia a su reclamación, que se solicitó por la responsabilidad patrimonial de la administración de justicia. La Abogacía del Estado, por su parte, se había opuesto a la demanda.

La sala cuantifica la indemnización en Rosell en 50.000 euros por el mal moral; 120.000 euros por lucro cesante por la rescisión de un contrato con la auditora E&Y y 62.500 euros más por los gastos de desplazamientos de familiares para visitarlo en el centro penitenciario, cosa que hace un total de 232.500 euros.

En su resolución, los magistrados examinan la doctrina en esta materia tanto del Tribunal Supremo como del Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y señalan que corresponde a la parte demandante acreditar los daños y perjuicios causados por la prisión provisional, de manera que recae sobre aquella la obligación de aportar los datos y circunstancias que tienen que servir para determinar los daños. En su demanda, Rosell detallaba la indemnización que solicitaba: perjuicio reputacional (405.000 euros); perjuicio afectivo (320.000); perjuicios psicológicos (200.000); lucro cesante por rescisión de contratos con E&Y (300.000); y con AZF (27.762.950); gastos de defensa legal (668.904,95); gastos de desplazamiento de familiares (62.950); y, finalmente, gastos financieros (34.660,07).

La sala analiza una en una las demandas del expresidente del Barça y señala, con respecto al perjuicio reputacional, que esta reclamación está avalada por una prueba pericial que, no obstante, no puede ser acogida porque no atiende un gasto efectivamente realizado, sino unos hipotéticos gastos que se habrían tenido que hacer para contrarrestar la campaña de descrédito sufrida por el interesado. La sala cuantifica en 50.000 euros los daños morales En realidad, el tribunal indica, tanto el perjuicio reputacional como el afectivo y psicológico son subsumibles en el concepto de daño moral derivado de la prisión provisional, que se tiene que valorar desde una perspectiva global. Considera la sala que en atención a las circunstancias concurrentes (circunstancias profesionales, personal y familiares del interesado, proyección y difusión pública con el consiguiente impacto, separación del entorno familiar, así como la duración de la medida cautelar), el demandante es merecedor --en una estimación prudencial según los criterios habitualmente utilizados por este concepto indemnizatorio por el Tribunal Supremo-- de la cantidad de 50.000 euros. Esta cantidad ya queda actualizada en fecha de la sentencia.

La sentencia también se pronuncia sobre el lucro cesante derivado de la rescisión del contrato de asesoramiento suscrito por el demandante con la auditora Ernst&Young, vigente desde el 2008. Consideran los jueces que merece una estimación parcial, por la cantidad de 120.000 euros, ya que tienen en cuenta para el cálculo de la indemnización únicamente el dictamen pericial. Con respecto al lucro cesante por la rescisión del contrato de la sociedad One of Ours (OOO) con la fundación Aspire Zone Foundation (AZF), la sala rechaza cualquier indemnización por este concepto. Explica que el importe que se reclama son los beneficios dejados de obtener para|por la sociedad a consecuencia de la rescisión del contrato y que el titular de este contrato no es Rosell sino la sociedad OOO, constituida en Hong Kong con personalidad jurídica propia, que es quien corresponde reclamar estos daños, con independencia que OOO sea de exclusiva titularidad de True Oasis Company SL (TOQUE), íntegramente participada por Rosell, de la cual es el administrador único.

La sala desestima la indemnización por los gastos de defensa legal

La sala también rechaza la partida relativa a los gastos de defensa legal, ya que se trata de una materia propia de las costas procesales y no indemnizables por medio del artículo 294 de la ley orgánica del poder judicial (LOPJ), cosa que determina también la desestimación de los gastos financieros vinculados a estos gastos de defensa.

Finalmente, la sala admite que se le indemnice con 62.950 euros por los gastos de desplazamientos de familiares en el centro penitenciario, que han quedado acreditadas por pruebas periciales y documentales. “Conforme a lo que se ha razonado, es procedente conceder una indemnización por daño moral de 50.000 euros, 120.000 euros por lucro cesante por la rescisión del contrato con E&Y y 62.500 euros por gastos de desplazamientos de familiares, hecho que hace un total de 232.500 euros. La cantidad por daño moral ya está actualizada y tienen que abonarse los intereses legales desde la reclamación administrativa (8 de julio del 2020) en relación con las cantidades por rescisión contractual y gastos de desplazamiento de familiares”, concluye la Audiencia.

La defensa de Rosell ha explicado a la ACN que seguramente recurrirá la decisión.

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