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El aviso de la Guardia Civil a los que no conducen y las multas que pueden tener

Peatones, pasajeros y ciclistas también pueden enfrentarse a sanciones por incumplir el Reglamento General de Circulación

Los pasajeros de coches, peatones y ciclistas también pueden ser multados si cometen infracciones.

Los pasajeros de coches, peatones y ciclistas también pueden ser multados si cometen infracciones.Unsplash

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La Guardia Civil ha lanzado una importante advertencia que afecta no solo a quienes se ponen al volante, sino también a aquellas personas que no conducen habitualmente. Según el recordatorio del cuerpo de seguridad, peatones, pasajeros y usuarios de vehículos de movilidad personal pueden enfrentarse a diversas sanciones económicas, algunas de hasta 1.000 euros, por infracciones contempladas en el Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003), aunque no estén al mando de un vehículo a motor.

Esta advertencia pretende concienciar a la ciudadanía sobre la responsabilidad compartida en materia de seguridad vial. Las normas de tráfico no solo regulan el comportamiento de los conductores, sino que establecen un marco de convivencia para todos los usuarios de las vías públicas. La Dirección General de Tráfico (DGT) y la Guardia Civil intensifican periódicamente los controles para garantizar el cumplimiento de estas normativas, especialmente en épocas de alta movilidad como vacaciones o puentes festivos.

Pasajeros: multas por no usar el cinturón de seguridad

Una de las infracciones más habituales entre quienes no conducen se relaciona con los sistemas de retención en los vehículos. El artículo 117 del Reglamento General de Circulación establece la obligatoriedad del uso del cinturón de seguridad para todos los ocupantes del vehículo, independientemente de la posición que ocupen. La sanción por incumplir esta norma asciende a 200 euros y afecta directamente al pasajero infractor, no al conductor.

Esta medida tiene una sólida justificación: según datos de la DGT, el uso correcto del cinturón reduce a la mitad el riesgo de muerte en caso de accidente. Además, en 2022, cerca del 26% de los fallecidos en siniestros viales no llevaban puesto el cinturón de seguridad, una cifra que podría haberse reducido significativamente con el cumplimiento de esta norma básica de seguridad.

Sanciones para peatones: hasta 100 euros por infracciones comunes

Los viandantes también están sujetos a obligaciones específicas recogidas en el artículo 121 del Reglamento. Entre las infracciones más habituales que pueden conllevar multas de hasta 100 euros destacan:

  • Cruzar la calzada por lugares no habilitados cuando existe un paso de peatones a menos de 50 metros.
  • Transitar por la calzada pudiendo utilizar aceras, arcenes o zonas peatonales.
  • No utilizar elementos reflectantes al caminar por vías interurbanas en condiciones de baja visibilidad.
  • Detenerse en la calzada o cruzarla de forma imprudente creando situaciones de peligro.

Cabe destacar que, además de las sanciones administrativas, un peatón que provoque un accidente por negligencia puede enfrentarse a responsabilidades civiles y, en casos graves, incluso penales si se determina que su actuación ha causado lesiones o daños significativos.

Ciclistas y usuarios de VMP: sanciones equiparables a las de conductores

Aunque técnicamente no conducen vehículos a motor, los usuarios de bicicletas y vehículos de movilidad personal (VMP), como patinetes eléctricos, están igualmente sometidos a la normativa de tráfico. Las infracciones más frecuentes y sus correspondientes sanciones incluyen:

  • Circular bajo los efectos del alcohol o drogas: multas de hasta 1.000 euros, dependiendo de la tasa detectada y los antecedentes del infractor.
  • Uso de auriculares o dispositivos móviles: sanción de 200 euros.
  • No respetar semáforos o señales de stop: 200 euros.
  • Circular por vías prohibidas para estos vehículos: hasta 100 euros.

La normativa para estos usuarios se ha endurecido en los últimos años debido al aumento de su presencia en las vías urbanas y al incremento de accidentes relacionados. Según estadísticas de la DGT, en 2022 se registraron más de 7.500 accidentes con víctimas en los que estuvieron implicados ciclistas o usuarios de VMP.

Obligación de colaborar con las autoridades

Un aspecto fundamental que muchos ciudadanos desconocen es la obligación legal de colaborar con las fuerzas de seguridad en controles de tráfico, independientemente de si se conduce o no. La negativa a identificarse ante un requerimiento de la Guardia Civil o entorpecer su labor puede suponer infracciones administrativas con multas significativas e incluso, en casos graves, podría derivar en un delito de desobediencia tipificado en el Código Penal.

Los agentes de la autoridad pueden solicitar la identificación a cualquier persona implicada en una infracción de tráfico, ya sea como autor, testigo o acompañante. Esta facultad está amparada por la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana.

¿Cómo se notifican las multas a peatones y no conductores?

Cuando un agente de la autoridad detecta una infracción cometida por un peatón o un no conductor, procede a la identificación del infractor mediante documento oficial (DNI, pasaporte o NIE). Con estos datos, se formula la correspondiente denuncia que sigue el mismo procedimiento administrativo que cualquier otra sanción de tráfico.

La notificación se realiza preferentemente por medios electrónicos a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV) o, en su defecto, mediante correo postal certificado al domicilio que consta en los registros de la DGT o en el padrón municipal.

¿Es posible recurrir estas sanciones?

Como cualquier otra sanción administrativa, las multas impuestas a no conductores pueden ser recurridas siguiendo los procedimientos establecidos en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común. El plazo habitual para presentar alegaciones es de 20 días naturales desde la notificación de la denuncia.

Los motivos más frecuentes para recurrir estas sanciones incluyen errores en la identificación del infractor, defectos formales en la notificación o falta de pruebas que sustenten la infracción. No obstante, los expertos en seguridad vial recomiendan cumplir escrupulosamente la normativa para evitar no solo las sanciones económicas, sino también los riesgos asociados a comportamientos imprudentes en las vías públicas.

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