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Hacienda lo confirma: los jubilados mutualistas cobrarán este año todo lo que les debe

El Congreso de los Diputados ha aprobado el cambio legislativo que permite recibir las devoluciones pendientes desde el ejercicio fiscal de 2019

Dinero en efectivo.

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Los jubilados mutualistas recibirán de una sola vez todas las devoluciones pendientes por parte de Hacienda este 2025, tras la aprobación definitiva en el Congreso de los Diputados del cambio normativo necesario para hacer efectivos estos pagos. Esta modificación legislativa, esperada desde hace meses por miles de pensionistas afectados, permitirá regularizar la situación de doble tributación que sufrieron con sus aportaciones realizadas entre 1967 y 1978.

El cambio normativo responde a una reclamación histórica de los antiguos mutualistas que cotizaron durante un periodo en el que no podían desgravarse las cotizaciones sociales, lo que provocó que tributaran dos veces por los mismos ingresos. Aunque el Tribunal Supremo ya reconoció este derecho y la Agencia Tributaria comenzó a realizar los primeros pagos en la declaración de la renta de 2023, inicialmente se había establecido que las compensaciones se realizarían año por año, impidiendo una reclamación conjunta de los últimos cinco ejercicios fiscales.

Sin embargo, tras las protestas de los afectados, Hacienda rectificó a principios de este 2025 y anunció que procedería al pago único de todas las devoluciones pendientes. Con la aprobación de esta ley, la Agencia Tributaria dispone hasta el 30 de diciembre de 2025 para hacer efectivas estas devoluciones, correspondientes a un periodo que abarca los ejercicios fiscales de 2019, 2020, 2021 y 2022, ya que los anteriores han prescrito legalmente.

Cronología de una reivindicación histórica

El camino hacia esta resolución ha sido largo y complejo. Todo comenzó cuando el Tribunal Supremo reconoció el derecho de estos jubilados a reclamar la devolución de impuestos por las aportaciones realizadas en un periodo donde se produjo una doble tributación. Este reconocimiento judicial supuso un primer paso importante, pero quedaba pendiente la implementación práctica de estas devoluciones.

Inicialmente, la Agencia Tributaria comenzó a realizar pagos individuales correspondientes al ejercicio de 2023, pero mantenía la postura de que las compensaciones debían realizarse año por año. Esta decisión generó malestar entre los afectados, quienes consideraban que el proceso se alargaría innecesariamente y complicaría la recuperación de su dinero, especialmente considerando la avanzada edad de muchos de los jubilados mutualistas.

La presión ejercida por los colectivos de jubilados y diversas asociaciones de consumidores logró que Hacienda reconsiderara su posición. A principios de 2025, la administración tributaria anunció un cambio de criterio, comprometiéndose a realizar un pago único que incluyera todas las cantidades pendientes. Sin embargo, este compromiso necesitaba respaldo legal para hacerse efectivo, algo que finalmente se ha conseguido con la aprobación en el Congreso.

Detalles del procedimiento de devolución

Con la publicación inminente de esta ley en el Boletín Oficial del Estado, los jubilados mutualistas podrán reclamar las devoluciones correspondientes a los ejercicios fiscales de 2019, 2020, 2021 y 2022. Es importante destacar que los ejercicios anteriores han prescrito legalmente, por lo que no pueden ser objeto de reclamación.

La Agencia Tributaria dispondrá de un plazo máximo de seis meses desde la finalización de la campaña de la renta para hacer efectivas estas devoluciones, lo que sitúa la fecha límite en el 30 de diciembre de 2025. Este plazo permite a la administración organizar adecuadamente los pagos, que afectarán a miles de jubilados en toda España y supondrán un desembolso considerable para las arcas públicas.

Curiosamente, esta importante modificación legislativa se ha incluido como una disposición final dentro de una ley sobre responsabilidad civil y seguros de vehículos a motor. La ley ha contado con el apoyo mayoritario de las fuerzas políticas, siendo aprobada en el último pleno antes del receso estival, aunque el PP optó por la abstención y Vox votó en contra, criticando la inclusión de lo que consideran "enmiendas intrusas" en un texto legislativo de naturaleza diferente.

¿Quiénes son los jubilados mutualistas afectados?

Los beneficiarios de esta medida son principalmente trabajadores que cotizaron al sistema de mutualidades laborales entre 1967 y 1978, un periodo anterior a la configuración actual del sistema de Seguridad Social. Durante esos años, estos trabajadores realizaron aportaciones que no pudieron desgravarse en su momento, pero que posteriormente tributaron nuevamente al recibir sus pensiones.

Este colectivo está formado mayoritariamente por personas de avanzada edad, muchas de ellas octogenarias, lo que explica la urgencia en resolver esta situación de manera definitiva. Se estima que decenas de miles de jubilados en toda España podrán beneficiarse de estas devoluciones, con cantidades que varían según los casos particulares y los años de cotización en el periodo afectado.

Las asociaciones de jubilados han celebrado esta decisión, aunque lamentan el tiempo que ha sido necesario para llegar a ella y el hecho de que muchos afectados hayan fallecido sin poder ver reconocido su derecho a estas devoluciones.


¿Cómo afecta esta medida a la declaración de la renta?

Una cuestión que ha generado dudas entre los afectados es cómo influirá esta devolución en sus próximas declaraciones de la renta. Los especialistas en fiscalidad aclaran que estas cantidades corresponden a devoluciones de impuestos indebidamente cobrados, por lo que no generan nueva obligación tributaria.

Sin embargo, es importante que los beneficiarios conserven toda la documentación relacionada con estas devoluciones, ya que podrían necesitarla en futuras comprobaciones fiscales. La Agencia Tributaria, por su parte, ha anunciado que habilitará procedimientos específicos para gestionar estas devoluciones de manera eficiente y minimizar las posibles incidencias.

Para aquellos jubilados que tengan dudas sobre si están incluidos en este colectivo o sobre cómo proceder, se recomienda consultar con la Agencia Tributaria o con asesores fiscales especializados, quienes podrán orientarles sobre los pasos a seguir para hacer efectivo su derecho a estas devoluciones.

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