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Devolución IRPF mutualidades: Hacienda paga en agosto hasta 4.000€ a miles de jubilados

Miles de afectados recibirán este agosto hasta 4.000 euros por aportaciones de 1967-1978 cobradas de más durante décadas

Dinero en efectivo.

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La Agencia Tributaria comienza este mes de agosto las esperadas devoluciones a miles de contribuyentes que cotizaron mediante las antiguas mutualidades entre finales de los años 60 y 70. Estos ciudadanos recibirán compensaciones por el exceso de IRPF pagado durante aquel periodo, culminando así un largo proceso marcado por múltiples sentencias judiciales, resoluciones ministeriales y anuncios contradictorios que finalmente se resolverá con un pago único este verano de 2025.

Según ha confirmado la AEAT, el grueso de los pagos se efectuará durante el mes de agosto, aunque el proceso completo podría extenderse hasta finales de año. No obstante, fuentes del organismo aseguran que la intención es no dilatar excesivamente estos abonos tras el prolongado camino recorrido hasta este momento. Las devoluciones se realizarán de forma automática, con cálculos elaborados por la Agencia Tributaria, a todos aquellos contribuyentes que hayan solicitado la compensación a través del formulario habilitado en la web oficial o mediante la aplicación móvil.

Hasta la fecha, la Agencia Tributaria no ha revelado cifras oficiales sobre el número total de afectados ni sobre el importe global destinado a estas compensaciones. Lo que sí se conoce es que se trata de cantidades correspondientes a miles de antiguos afiliados a las mutualidades laborales que realizaron aportaciones para su jubilación entre 1967 y 1978, y que ahora tienen derecho a recuperar ese IRPF abonado indebidamente.

El origen de las devoluciones y su cuantía

El caso encuentra su origen en una sentencia del Tribunal Supremo de 2024 que estableció que las aportaciones realizadas por estos trabajadores para su jubilación deberían haber estado exentas de tributación, recibiendo el mismo tratamiento fiscal que las cotizaciones realizadas por los trabajadores del Régimen General de la Seguridad Social. Hasta ese momento, dichas aportaciones habían sido consideradas como rentas del trabajo y, por tanto, sujetas a tributación.

A raíz de esta sentencia, miles de mutualistas han podido reclamar devoluciones que pueden alcanzar hasta los 4.000 euros por contribuyente. Durante 2024, la Hacienda española ya desembolsó aproximadamente 1.300 millones de euros en concepto de estas compensaciones, beneficiando a un importante número de afectados que cumplimentaron sus solicitudes con anterioridad.

El último episodio polémico en este proceso se produjo a finales de 2024, cuando el Ministerio de Hacienda anunció un cambio en el sistema de devoluciones, planteando distribuir los pagos pendientes a lo largo de los tres ejercicios siguientes para mitigar el impacto presupuestario. Esta decisión generó un considerable malestar entre los mutualistas afectados, que veían cómo podrían tener que esperar varios años para recibir la totalidad de las compensaciones a las que tenían derecho.

Finalmente, tras las críticas recibidas y la controversia suscitada por el anuncio de pagos fraccionados, Hacienda rectificó su postura y optó por realizar un pago único en 2025, que es el que ahora comienza a materializarse. Esta decisión ha sido recibida con alivio por parte de los afectados, muchos de ellos personas de avanzada edad que llevaban años esperando una resolución definitiva a su situación.

¿Cómo funciona el proceso de solicitud y cobro?

Los contribuyentes que consideren que tienen derecho a esta compensación y aún no hayan presentado su solicitud pueden hacerlo a través del formulario específico habilitado en la página web de la Agencia Tributaria o mediante su aplicación móvil. Es importante destacar que el proceso está diseñado para ser automático, sin necesidad de que los afectados realicen cálculos propios, ya que será la AEAT quien determine las cuantías correspondientes basándose en los datos fiscales disponibles.

Una vez procesada la solicitud, la Agencia Tributaria abonará directamente el importe en la cuenta bancaria que el contribuyente tenga registrada para devoluciones fiscales. No es necesario aportar documentación adicional en la mayoría de los casos, aunque la AEAT podría requerir información complementaria en situaciones específicas donde los datos disponibles resulten insuficientes.

Expertos fiscales consultados señalan que este proceso representa un importante reconocimiento de derechos para un colectivo que durante décadas ha estado reclamando un tratamiento fiscal equitativo. La decisión judicial que dio origen a estas devoluciones estableció un precedente significativo en materia de tributación de las aportaciones a sistemas de previsión social.

Las antiguas mutualidades laborales en España

Las mutualidades laborales fueron entidades de previsión social que funcionaron en España principalmente entre las décadas de 1940 y 1970, como parte del sistema de protección social previo a la consolidación del actual modelo de Seguridad Social. Estas organizaciones gestionaban las cotizaciones de determinados colectivos profesionales para proporcionar prestaciones por jubilación, invalidez y otras contingencias.

Con la reforma del sistema de Seguridad Social español iniciada en los años 60, estas mutualidades fueron progresivamente integradas en el régimen general, culminando este proceso con la Ley General de la Seguridad Social de 1974. Sin embargo, las aportaciones realizadas durante el período de transición generaron esta controversia fiscal que ahora, medio siglo después, encuentra su resolución definitiva.

Los afectados por esta situación son principalmente trabajadores que cotizaron en estos sistemas entre 1967 y 1978, muchos de los cuales ya se encuentran jubilados o en edades avanzadas. Para ellos, estas devoluciones representan no solo una compensación económica, sino también un reconocimiento de la inequidad fiscal a la que estuvieron sometidos durante décadas.

¿Qué hacer si no se recibe la devolución?

Aunque la Agencia Tributaria ha afirmado que los pagos se realizarán de forma automática durante este mes de agosto y los siguientes, es posible que algunos contribuyentes con derecho a estas devoluciones experimenten retrasos o incidencias en el proceso. En estos casos, los expertos recomiendan esperar hasta finales de septiembre antes de realizar consultas formales.

Si pasado ese tiempo no se ha recibido la compensación, los afectados pueden consultar el estado de su solicitud a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria o presentar una reclamación formal por los canales habilitados. Es recomendable conservar toda la documentación relacionada con las cotizaciones realizadas a las antiguas mutualidades, aunque en la mayoría de los casos la propia Administración dispone de estos datos.

Este proceso de devoluciones, que culmina en 2025, pone fin a una de las reclamaciones fiscales más longevas de la historia reciente española, cerrando un capítulo que ha afectado a miles de contribuyentes y que ha requerido múltiples pronunciamientos judiciales para su resolución definitiva.

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