SEGRE

TRIBUNALES

Condena firme al heredero de casa Palanca de la muntanya de Tor por amenazar al de Sansa

Aunque la Audiencia le rebaja la multa de 1.800 a 600 €. “A estos forasteros que vienen a decirnos lo que tenemos que hacer hay que pegarles una buena paliza”

Imagen de un cartel informativo que hay en el camino de acceso a Tor. - SEGRE

Imagen de un cartel informativo que hay en el camino de acceso a Tor. - SEGRE

Albert Guerrero
Lleida

Creado:

Actualizado:

En:

La condena contra Pablo Moreno, heredero de Jordi Riba (Casa Palanca de Tor), por amenazar y coaccionar a J.M.A.M., heredero y sobrino de Josep Maria Montaner (Casa Sansa), ya es firme. La Audiencia de Lleida considera, como ya sentenció el juzgado de Tremp, que es autor de sendos delitos leves de amenazas y coacciones, aunque ha estimado parcialmente el recurso presentado por Moreno, rebajándole la multa, que pasa de 1.800 a 600 euros. J.M.A.M. ha sido representado por el abogado Enric Rubio.

Los hechos tuvieron lugar los días 5 y 7 de agosto del año pasado, como avanzó SEGRE. Se considera probado que el día 5 el sobrino de Montaner, su pareja y un operario se dirigían hacia Tor para colgar unos carteles “de conformidad con lo que había sido aprobado en la Junta de la Comunidad de Propietarios de la Montaña Particular de Tor” y , al salir de Alins, “fueron interceptados por Moreno” y se dirigió al heredero de Sansa “para impedir que colgaran los carteles y le manifestó: ‘por mis cojones que en Tor no se hace nada sin mi permiso’, ‘tú, hijo de puta, qué piensas que vas a hacer en Tor’, ‘los Sansa sois unos hijos de puta’”. 

La jueza consideró que “amedrentó” al denunciante. Dos días después, el heredero de Sansa y su esposa estaban desayunando en un bar de Alins cuando llegó Moreno, que se sentó en otra mesa con unos conocidos. Poco después, según la sentencia, se incorporó y dijo: “A estos forasteros que vienen aquí a decirnos lo que tenemo que hacer, les deberíamos invitar a una buena comilona, después pegarles una buena paliza y echarlos de aquí a hostias”. La jueza consideró que les atemorizó.

La Audiencia ha analizado el caso y considera que “las expresiones vertidas por el denunciado tuvieron una clara naturaleza amedrentadora”, “supuso un ataque a la libertad del denunciante” y la mala relación “refuerza la amenaza denunciada”. Sin embargo, considera que estas conductas merecen “la calificación de leves” y, al no justificar la jueza el motivo para imponerle la pena máxima, “procede reducir las penas a su límite mínimo de 30 días”. Es decir, de dos multas de 90 días a 10 euros (1.800 euros) a dos de 30 días a 10 euros (600).

Titulars del dia

* camp requerit
Subscriu-te a la newsletter de SEGRE
tracking