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Pensiones de jubilación: Cambios clave en el cálculo desde este enero de 2026

La reforma de pensiones de 2023 introduce una ampliación progresiva del periodo de cálculo y nuevas reglas para las lagunas de cotización, con efectos a partir del 1 de enero de 2026.

El grueso de las pensiones que se abonan a Lleida son de jubilación. - EUROPA PRESS

El grueso de las pensiones que se abonan a Lleida son de jubilación. - EUROPA PRESS

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A partir del 1 de enero de 2026, el sistema de pensiones español experimentará modificaciones sustanciales en la manera de determinar la base reguladora para el cálculo de la pensión de jubilación. Estas nuevas directrices, establecidas por el Real decreto ley 2/2023, de 16 de marzo de 2023, buscan ampliar los derechos de los pensionistas y reducir la brecha de género, a la vez que aseguran la sostenibilidad del sistema público. Los cambios más destacados incluyen una extensión del periodo considerado para el cálculo y una revisión de la integración de las lagunas de cotización, aspectos que afectarán directamente a la cuantía final de las prestaciones.

Estas medidas, a pesar de haber sido aprobadas con el Real decreto ley 2/2023, de 16 de marzo de 2023, no empezarán a desplegar sus efectos hasta a principios del próximo año, concretamente el 1 de enero de 2026. La legislación fue concebida como un paquete de medidas urgentes para la ampliación de derechos de las personas pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones. Es crucial entender que su implementación será gradual y progresiva, con un calendario definido que se extenderá durante varios años, con el fin de adaptarse a las nuevas exigencias sin generar disrupciones abruptas.

Hasta el 1 de enero de 2026, el cálculo de la pensión de jubilación se basaba en los salarios y las bases de cotización de los 25 años, es decir, 300 meses, inmediatamente anteriores al momento de la jubilación. Con la nueva normativa, se introduce un periodo de cálculo más extenso y flexible.

El nuevo sistema prevé considerar un total de 348 meses consecutivos e inmediatamente anteriores al mes previo a la jubilación, de los cuales se seleccionarán las 324 bases de cotización de importe más elevado. Esta metodología busca beneficiar los futuros jubilados, permitiendo descartar los periodos con cotizaciones más bajas.

Ampliación del periodo de cálculo de la pensión

Hay que destacar, sin embargo, que esta ampliación del periodo de cálculo no se aplicará de golpe, sino que se ha establecido una implantación progresiva y escalonada. Esta transición hará que se incorporen gradualmente más meses al cálculo de la pensión de jubilación hasta alcanzar la totalidad de las 324 bases el año 2037.

Concretamente, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026, se tendrán en cuenta las 302 bases de cotización más elevadas de los 304 meses anteriores a la jubilación. Eso implica una revisión de las cotizaciones de los 25 años y 4 meses previos. A partir de aquí, cada año se irán añadiendo más meses hasta llegar a los 27 años, o 324 meses, el 1 de enero de 2037.

Además, el real decreto prevé un régimen transitorio adicional que ofrece una salvaguardia importante para los futuros jubilados. Según este mecanismo, la persona que se jubile podrá acogerse al sistema anterior o al nueve, en función de cuál le resulte más favorable en el momento de su jubilación.

Por ejemplo, aquellas personas que se jubilen después del 31 de diciembre de 2025 y antes del 31 de diciembre de 2040, podrán seguir aplicando el régimen actual si este les resulta más beneficioso que el vigente en la fecha en que se genere la pensión. Esta medida busca proteger a los trabajadores durante el periodo de adaptación a la nueva normativa.

Novedades en la integración de lagunas de cotización

Otro punto crucial que entra en vigor el 1 de enero de 2026 es la integración de las lagunas de cotización. Esta medida permite suplir parcialmente los periodos en que la cotización del solicitante se ha interrumpido, es decir, los meses sin cotización. Si en el periodo que se tiene que considerar para el cálculo de la pensión de jubilación hubiera hasta 48 meses no cotizados por no haber existido obligación de hacerlo, estos se integrarán con la base mínima de cotización vigente. El resto de meses, a partir del 49º, se integrarán con el 50% de esta base mínima, ofreciendo un cierto alivio en situaciones de discontinuidad laboral.

Además, se ha introducido una medida especial de integración de lagunas con el objetivo de combatir la brecha de género en las pensiones contributivas. Esta disposición se aplicará mientras la diferencia entre el importe medio de las pensiones de jubilación de mujeres y hombres sea superior al 5%.

Para las trabajadoras, los meses en que no haya existido obligación de cotizar, desde el 49º hasta el 60º, se integrarán con el 100% de la base mínima de cotización. A partir del 61º mes y hasta el 84º, se integrarán con una cotización equivalente en el 80% de la base mínima. Es importante destacar que los hombres también podrán beneficiarse de esta medida si tienen hijos nacidos o adoptados y presentan lagunas de cotización próximas al nacimiento o adopción.

Impacto en la sostenibilidad del sistema

Esta facilitación de las condiciones para poder percibir una pensión de jubilación más elevada, especialmente con la mejora en la integración de lagunas, genera, sin duda, un coste más elevado para la Seguridad Social. Esta realidad obliga a recordar que, en paralelo a estas mejoras, también se producirán incrementos en las cotizaciones en la Seguridad Social. El objetivo es garantizar la viabilidad y la sostenibilidad del sistema público de pensiones a largo plazo, equilibrando las prestaciones con los ingresos necesarios para financiarlas.

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