El Supremo rechaza amnistiar a Puigdemont por malversación
Desestima el último recurso de nulidad que presentaron el expresident y el exconseller Toni Comín. Abre la vía para que acudan al Tribunal Constitucional

El expresident de la Generalitat Carles Puigdemont en un acto de Junts per Catalunya en Waterloo. - EFE/PABLO GARRIGÓS
La Sala de Apelación del Tribunal Supremo (TS) confirmó ayer la decisión del magistrado instructor del procés, Pablo Llarena, de no amnistiar la malversación al expresident de la Generalitat Carles Puigdemont así como del exconseller de Salud Toni Comín después de rechazar el último recurso de nulidad que presentaron los acusados.
De esta manera, Puigdemont y Comín ya pueden acudir al Tribunal Constitucional para presentar un recurso de amparo, como hicieron otros políticos independentistas como el exvicepresident Oriol Junqueras, o los exconsellers Jordi Turull o Dolors Bassa.
En espera de la sentencia del TC sobre la constitucionalidad de la amnistía, que no se pronunciará sobre la malversación porque el PP no lo solicitó, Puigdemont y Comín deberán esperar al recurso de Junqueras para conocer la posición del Constitucional sobre el delito que impide la aplicación total de la ley aprobada hace más de un año.
Carles Puigdemont acusó al Tribunal Supremo de “resistencia virulenta” por no querer aplicarle la amnistía, y pidió que la causa pasara al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, algo que el TS rechazó reiterando su competencia para encausarles por los hechos que se les imputan y su condición de aforados.
El Supremo considera que la forma en que las defensas introdujeron el debate fue “un manifiesto de abuso de derecho”, y que “pretendía la inhibición del tribunal sin aportar justificación alguna y sin que se diera a las partes la posibilidad de conocer con la suficiente antelación la cuestión”.
Además, el Tribunal Supremo carga contra Puigdemont por omitir todas las veces que el instructor Pablo Llarena y la propia sala se han pronunciado sobre la competencia, dado que “han sido muchas las ocasiones en que las defensas han planteado esta queja y otras tantas las veces en que ha sido desestimada”.
También deja claro que se reiteran varias cuestiones que ya fueron respondidas por el tribunal, de manera que “el incidente de nulidad no puede ser cauce para reiterar argumentos coincidentes con los ya utilizados en el recurso de apelación”.
n Hoy está prevista la votación del Tribunal Constitucional para determinar si la amnistía sobre el procés es constitucional, con la sentencia que avale la norma. Se espera que la mayoría progresista del TC vote a favor de avalar la ley de amnistía, lo que supondría 6 votos favorables y 4 en contra. Durante los últimos tres días, el pleno del TC ha debatido sobre la constitucionalidad de la norma tras el recurso del PP y la posibilidad del Gobierno de conceder amnistías, además de si esperar el pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la UE, como pedían los magistrados conservadores y la oposición. El bloque progresista también prevé establecer que la ley “no vulnera” el derecho europeo en materia de terrorismo ni sobre las ordenes de detención y entrega. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, manifestó que los ataques recibidos han “merecido la pena”.