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Nueva sentencia del Supremo sobre la exoneración de deudas públicas

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El pasado 20 de marzo el Tribunal Supremo dictó una sentencia en virtud de la cual clarifica la exoneración de las deudas públicas en el proceso de segunda oportunidad. La Ley de Segunda Oportunidad se justificó en su día como un medio para hacer posible que aquellos que quedaron endeudados tras la crisis económica pudieran resurgir de ella y tener una nueva oportunidad en sus vidas.

El problema surgió con las diversas interpretaciones y cambios que se han ido generando a lo largo del tiempo sobre la exoneración en el caso de las deudas públicas. En el año 2019 el Supremo dictó una sentencia en virtud de la cual se hacía posible la exoneración de créditos públicos ordinarios y subordinados por medio de la aprobación de un plan de pagos. No obstante, en el año 2022 tuvo lugar una reforma de la Ley Concursal que supuso la implantación de un límite máximo de 10.000 euros para la exoneración de las deudas tributarias y con la seguridad social.

En este contexto el Alto Tribunal considera que al tratarse de un texto refundido el legislador no podía introducir modificaciones en la ley como efectivamente hizo. Entiende que se extralimitó en su cometido. De ese modo argumenta: “La introducción de esta exclusión, en un caso de exoneración plena, de los créditos públicos constituye una extralimitación de la habilitación legal porque, al alterar el equilibrio entre los créditos existentes y la legítima expectativa que hasta entonces tenía el deudor de obtener una plena exoneración de los créditos… que alcanzaba también a los créditos públicos, se ha limitado el derecho del deudor concursado y se ha modificado el tratamiento de los créditos, respecto de la regulación anterior a la refundición.”

Esta última sentencia genera nuevas expectativas de futuro para los endeudados con créditos públicos. Habrá que analizar cada caso concreto, teniendo presente las circunstancias concurrentes, así como la buena fe del deudor, para obtener el beneficio de exoneración del pasivo. Como consecuencia se equilibra la posición de los acreedores (tanto públicos como privados). Y, por tanto, se fomenta el cumplimiento de la finalidad de la norma: ofrecer una efectiva segunda oportunidad para comenzar de nuevo.

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