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Las multas que impone Hacienda por no hacer la Renta o presentarla fuera de plazo

Los premios de lotería se tienen que declarar a Hacienda.

Los premios de lotería se tienen que declarar a Hacienda.

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La campaña para presentar la declaración de la Renta empieza el 6 de abril y termina, el 30 de junio (consulta el calendario). En los casos en los que el ciudadano, por su situación económica, esté obligado a presentarla y no lo haga o lo hago fuera de plazo, la Agencia Tributaria puede imponer una multa, cuyo importe dependerá de tres factores principales: el tiempo de retraso, el resultado de la declaración (si salía a pagar o a devolver) y la 'buena fe' del contribuyente (si el ciudadano se da cuenta de que no la ha presentado dentro del plazo establecido y subsana su error, las sanciones son más leves).

Multas impuestas si el ciudadano avisa a Hacienda:

  • Si la declaración sale a devolver: Hacienda abonará el dinero correspondiente, pero, al mismo tiempo, impondrá una multa de 100 euros.
  • Si la declaración sale a pagar: el ciudadano deberá pagar la cuantía que le tocaba, además de un recargo, según el tiempo que haya tardado en realizar el IRP (esta comisión va desde un 5% pasados 3 meses, a un 20%, si se presenta más de 12 meses tarde).

Por contra, si es la propia Agencia Tributaria quien se percata de que no se ha realizado la declaración, las consecuencias económicas son notablemente mayores.

  • Si la declaración sale a devolver: se impondrá una multa de 200 euros.
  • Si la declaración sale a pagar: el contribuyente deberá pagar la cuantía que le correspondía abonar a las arcas del estado, así como un recargo de entre el 50 y el 150% sobre esta misma cuantía, dependiendo de la gravedad de cada situación en concreto.

En el momento en el que el ciudadano reciba la notificación de Hacienda de no haber realizado la declaración, tiene cinco días para poder reducir la multa un 25%. Si no abona la sanción en estos cinco días, ya se exige el pago íntegro.

Cabe recordar que Hacienda puede revisar las declaraciones de la renta hasta un máximo de cuatro años tras el vencimiento del plazo de presentación, por lo que se pueden recibir multas por no haber presentado el IRPF de campañas anteriores.

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