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Importante: Cambios fiscales para la declaración de la Renta 2024

Oficinas de la Agencia Tributaria. Carlos Luján - Europa Press - Archivo

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Con menos de un mes para que empiece el plazo de presentación de los documentos necesarios para la declaración de la Renta, los contribuyentes deben tener en cuenta una serie de cambios significativos que afectarán este año al momento de elaborar y presentar el borrador. 

Estos cambios incluyen nuevos plazos, condicionantes en la elaboración del borrador y, especialmente, deducciones que pueden influir en la tributación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Según lo estipulado en el modelo de declaración de la Renta 2023, estos son algunos de los conceptos que podrán aplicarse como deducciones en la declaración de la Renta de 2024:

Nuevas deducciones para el año 2024:

1. Deducción de hasta el 15% en la compra de vehículos eléctricos (desde el 30 de junio de 2023). La promoción de la adquisición de vehículos eléctricos se ve respaldada con una deducción fiscal de hasta el 15%, incentivando la transición hacia una movilidad más sostenible.

2. Deducción de hasta el 60% en obras de rehabilitación de vivienda.

Esta deducción, que ya estaba vigente, se amplía para el próximo año fiscal, fomentando la inversión en la mejora y conservación del parque inmobiliario.

3. Ampliación de la cobertura de las deducciones por maternidad.

Se aumenta la deducción por maternidad hasta 1.200 euros, con la posibilidad de ampliarse con gastos de guardería hasta otros 1.000 euros, brindando un apoyo adicional a las familias con hijos.

4. Deducción para autónomos con trabajadores a cargo.

Los autónomos con empleados a su cargo podrán beneficiarse de una deducción de hasta el 10% en la cuota íntegra por contribuciones empresariales a sistemas de previsión social empresarial, siempre que sus rentas sean inferiores a 27.000 euros.

5. Exención tributaria para trabajos realizados para empresas extranjeras. Quienes realicen trabajos para empresas extranjeras podrán quedar exentos de tributar, con un límite máximo de 60.100 euros anuales, siempre y cuando el territorio donde se realicen los trabajos aplique un impuesto similar al IRPF y no se trate de un paraíso fiscal.

6. Deducciones en donaciones a ONG, partidos políticos, sindicatos y colegios profesionales. Se establecen deducciones de entre el 10% y el 80%, dependiendo del capital aportado, en donaciones a Organizaciones No Gubernamentales (ONG). Además, se podrá desgravar el 20% de las donaciones a partidos políticos (hasta 600 euros) y a sindicatos o colegios profesionales (hasta 500 euros), promoviendo así la solidaridad y la participación ciudadana en diferentes ámbitos.

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