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La Seguridad Social reconoce 5 años de cotización a las nuevas madres

Las mujeres que han dado a luz pueden sumar hasta 112 días por cada parto para mejorar su pensión, incluso sin haber trabajado durante ese periodo

freestocks / Unsplash

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Lluís Serrano
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La Seguridad Social ha confirmado que las mujeres que han sido madres pueden sumar días de cotización a su vida laboral, hasta un máximo de 5 años, para que su pensión de jubilación no se vea afectada negativamente. Esta medida se aplica incluso en los casos en que no hayan trabajado durante el periodo posterior al parto, permitiéndoles añadir hasta 112 días por cada nacimiento.

Según establece el artículo 235 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), en los partos múltiples se podrán sumar 14 días adicionales por cada hijo a partir del segundo. Es importante destacar que este beneficio solo se aplica cuando durante las 16 semanas posteriores al parto no se cotizó efectivamente, es decir, cuando no se disfrutó del permiso por maternidad con un contrato laboral vigente.

Este reconocimiento es posible gracias a las llamadas cotizaciones ficticias, periodos en los que no hubo cotización real por inactividad laboral, pero que la Seguridad Social reconoce para calcular la pensión de jubilación. El Tribunal Supremo respaldó esta medida en su sentencia STS 1173/2023, del 19 de diciembre, enfatizando que el objetivo no es mejorar la trayectoria de cotización de quienes ya estaban trabajando, sino compensar a las personas que tuvieron que interrumpir su carrera profesional por motivos relacionados con el embarazo y el parto.

Reconocimiento incluso para nacimientos en el extranjero

El derecho a estas cotizaciones ficticias se puede reconocer aunque el nacimiento haya ocurrido fuera de España o incluso si el feto no llegó a adquirir personalidad civil, siempre que el embarazo hubiera durado más de 180 días, según establece la norma de gestión 24/2017 del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Beneficios adicionales por cuidado de hijos

Además del reconocimiento por parto, las mujeres pueden beneficiarse de cotizaciones ficticias por el cuidado de hijos o menores. Esta medida permite contabilizar hasta 270 días de cotización por cada hijo (aproximadamente nueve meses) si hubo una interrupción en la vida laboral tras el nacimiento o adopción. El periodo reconocido abarca desde nueve meses antes hasta seis años después del nacimiento o la resolución judicial de adopción.

Actualmente, este beneficio solo puede ser aprovechado por uno de los progenitores, teniendo prioridad la madre a menos que renuncie expresamente a ello. El principal objetivo es facilitar el acceso a la jubilación ordinaria a los 65 años o incluso ayudar a alcanzar los 15 años mínimos de cotización que se requieren para obtener una pensión contributiva en el sistema español.

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