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Hacienda devuelve el IRPF a mutualistas jubilados: permite recalcular el impuesto a los que no presentaron la declaración

La AEAT está transfiriendo hasta 4.000 euros a cada contribuyente afectado por doble tributación, completando el proceso antes de finalizar 2025

Matt Bennett / Unsplash

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Lluís Serrano
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La Agencia Tributaria ha comenzado a devolver dinero a miles de jubilados que realizaron aportaciones excesivas a las antiguas mutualidades profesionales durante los años 60 y 70. Este proceso, que se ha puesto en marcha en agosto de 2025, incluye también a aquellos pensionistas que no presentaron declaración de la Renta por no estar obligados. Los afectados podrán recibir hasta 4.000 euros correspondientes a los periodos impositivos de 2019 a 2022.

El departamento dirigido por María Jesús Montero inició estos pagos tras la aprobación del cambio normativo en julio que autorizaba a la AEAT a efectuar las transferencias. Desde su publicación en el BOE, el organismo dispone hasta finales de 2025 para liquidar estas deudas, momento a partir del cual Hacienda deberá incluir intereses de demora junto al reembolso principal.

Tras las modificaciones legales, la Agencia Tributaria ha actualizado todo lo relacionado con este proceso de devolución. Además de mantener abierto el plazo para presentar solicitudes, ha enviado comunicaciones a los pensionistas con derecho a recuperar este dinero pero que aún no habían completado los trámites necesarios. Un aspecto importante es que los antiguos mutualistas pueden solicitar a Hacienda que recalcule su IRPF, procediendo a la devolución si el resultado es favorable para el jubilado.

¿Quiénes tienen derecho a esta devolución?

Los beneficiarios de esta medida son los pensionistas que aportaron a mutualidades laborales entre 1967 y 1978 y están afectados por doble tributación. También pueden reclamar los titulares de pensiones complementarias abonadas por fondos especiales del INSS, MUFACE, MUGEJU o ISFAS, siempre que sus aportaciones correspondan a períodos anteriores a 1979.

Sin embargo, quedan excluidos los pensionistas con rentas bajas que no sufrieron retención de IRPF, así como quienes nunca cotizaron a mutualidades laborales antes de 1979. Tampoco tienen derecho los jubilados que ya recibieron esta devolución en campañas anteriores, los beneficiarios de pensiones no contributivas y de viudedad, ni se pueden reclamar cantidades correspondientes a ejercicios prescritos (anteriores a 2019, salvo excepciones).

Impacto presupuestario y procedimiento

Hacienda ha previsto un desembolso de 4.611 millones de euros para completar estas devoluciones, cantidad que forma parte de los casi 6.000 millones totales destinados al pago a todos los mutualistas. Antes de la interrupción temporal de solicitudes, a finales de 2024 ya se habían reembolsado aproximadamente 1.325 millones de euros.

Los mutualistas cuyos ingresos no alcanzaban el mínimo para presentar la declaración de la Renta pueden solicitar a la AEAT un recálculo de su IRPF. Este trámite permite comprobar si Hacienda tiene obligaciones pendientes con estos contribuyentes, garantizando así que todos los afectados puedan recuperar lo que les corresponde por ley, independientemente de su situación fiscal previa.

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